Hegel y su teoría crítica del derecho: la posibilidad de una lectura pragmatista

Autores/as

  • Cristobal Balbontin Universidad Austral de Chile

Resumen

El presente ensayo se fija como propósito precisar la crítica hegeliana del Derecho natural y del Derecho abstracto y determinar una doctrina propiamente hegeliana del Derecho. En este sentido, nuestra hipótesis es que es en el contexto de la doctrina de la Sittlichkeit,que el Derecho debe ser comprendido según Hegel. En efecto, en sus Lecciones sobre la filosofía de la historia, Hegel define la Sittlichkeit como un “orden de lo sustancial (…) de suerte que todo sujeto singular tiene la universalidad por propósito, por espíritu y por costumbre ética, y que es en y por este espíritu que él quiere, actúa, vive y goza, si bien que es su naturaleza, a saber su naturaleza segunda y espiritual”2. Luego para Hegel la normatividad jurídica debe ser comprendida al interior de este campo, en un sentido social más amplio de normatividad constituido por la praxis de una comunidad que configura un campo inmanente de objetividad que estructura cotidianamente la vida de los individuos. Lejos entonces de una separación de deber y ser, Hegel nos llama a comprender la forma cómo la norma está presente en el corazón del mundo de la vida como reconciliación de lo racional con lo real en la efectividad.

Palabras clave:

Derecho positivo, Derecho Natural, Praxis, Sittlichkeit, Contexto

Biografía del autor/a

Cristobal Balbontin, Universidad Austral de Chile

Profesor auxiliar Universidad Austral de Chile, Helena Haverbeck s/n, Campus Isla Teja, Valdivia, Chile. Este escrito forma parte del proyecto FONDECYT Iniciación Nº 11190725.