TY - JOUR AU - Balbontin, Cristobal PY - 2020/12/17 Y2 - 2024/03/29 TI - Hegel y su teoría crítica del derecho: la posibilidad de una lectura pragmatista JF - Revista de Filosofía JA - Rev. Filos. VL - 77 IS - 0 SE - Ensayos DO - UR - https://revistafilosofia.uchile.cl/index.php/RDF/article/view/60450 SP - pp. 41-50 AB - El presente ensayo se fija como propósito precisar la crítica hegeliana del Derecho natural y del Derecho abstracto y determinar una doctrina propiamente hegeliana del Derecho. En este sentido, nuestra hipótesis es que es en el contexto de la doctrina de la Sittlichkeit,que el Derecho debe ser comprendido según Hegel. En efecto, en sus Lecciones sobre la filosofía de la historia, Hegel define la Sittlichkeit como un “orden de lo sustancial (…) de suerte que todo sujeto singular tiene la universalidad por propósito, por espíritu y por costumbre ética, y que es en y por este espíritu que él quiere, actúa, vive y goza, si bien que es su naturaleza, a saber su naturaleza segunda y espiritual”2. Luego para Hegel la normatividad jurídica debe ser comprendida al interior de este campo, en un sentido social más amplio de normatividad constituido por la praxis de una comunidad que configura un campo inmanente de objetividad que estructura cotidianamente la vida de los individuos. Lejos entonces de una separación de deber y ser, Hegel nos llama a comprender la forma cómo la norma está presente en el corazón del mundo de la vida como reconciliación de lo racional con lo real en la efectividad. ER -